ORGANO INTERNO DE CONTROL CENTRO DE INVESTIGACION EN ALIMENTACION Y DESARROLLO, A.C. El Informe de Presunta Responsabilidad que se elabore con motivo de las irregularidades detectadas, deberб estar debidamente integrado conforme a lo establecido en la Guнa para la elaboraciyn del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa. Tratбndose de visitas de inspecciyn se deberб observar el presente procedimiento. El Бrea de Auditorнa Interna deberб turnar los asuntos correspondientes al Бrea de Quejas en los tiempos establecidos en la normatividad y con la antelaciyn apropiada, con la finalidad de que se puedan realizar los procedimientos correspondientes para su atenciyn.
De conformidad con la Norma Sexta del Boletín B “Normas Generales de Auditoría Pública”, que establece que el Titular del Área de Auditoría Interna delegará la supervisión del trabajo de Auditoría, en el auditor con el rango inmediato inferior que dependa de él. La función de supervisión y la de jefe de grupo deberán recaer en auditores distintos, en los casos en los que la estructura no lo permita, esta responsabilidad podrá recaer en el auditor de mayor experiencia y capacidad profesional.
Sólo por excepción en una sola persona, recaerán las funciones de coordinación, y ejecución, de la auditoría o visita de inspección, en ese contexto, la función de supervisión podrá recaer en el Titular del Órgano Interno de Control.