Veeder-Root — Veeder-Root Manual de Control Interno (ES)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL INTERNO comparaciyn del estado que guarda, contra el diseco establecido en el Instituto; efectuar autoevaluaciones y considerar las auditorнas y evaluaciones de las diferentes instancias fiscalizadoras, sobre el diseco y eficacia operativa del control interno, documentando sus resultados para identificar las deficiencias y cambios que son necesarios aplicar al control interno, derivado de modificaciones al interior del Instituto y en su entorno. II. Evaluar los problemas y corregir las deficiencias.

Todos los servidores pъblicos del Instituto deben comunicar las deficiencias y problemas de control interno tanto a los responsables de adoptar medidas correctivas, como al Pleno e instancias de supervisiyn correspondientes, a travйs de las lнneas de reporte establecidas; la Administraciyn es responsable de corregir las deficiencias de control interno detectadas, las instancias de supervisiyn estarбn a cargo de promover y documentar las medidas correctivas implantadas y monitorear que las acciones pertinentes sean llevadas a cabo oportunamente por los responsables.

Como informaciyn complementaria de los principios de control interno referidos en los artнculos comprendidos del 19 al 23 del presente acuerdo y que forman parte esencial del Sistema de Control Interno, se estarб a lo dispuesto en los puntos de interйs que por cada uno de ellos se establece en el Marco Integrado de Control Interno, lo cual puede utilizarse como criterios o referencia para las diversas actividades de control interno del Instituto. 6. Documentaciyn del Control Interno El Pleno conjuntamente con el apoyo de la Administraciyn, deben cumplir como mнnimo, con los siguientes requisitos de documentaciyn y formalizaciyn del control interno: I.

Documentar, formalizar y actualizar oportunamente su control interno. II. Documentar y formalizar, mediante polнticas y procedimientos, las actividades, responsabilidades y en general la organizaciyn de todo el personal. 18